Compendio de textos y resumenes sobre la historia y la economía del Ecuador. Toda reproducción está permitida mientras se cite la fuente.

Wednesday, May 24, 2006

Monografía Política Social y Laboral en el Gobierno del Dr. Gustavo Noboa Bejarano

POLÍTICAS SOCIALES Y LABORALES EN EL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL DR. GUSTAVO NOBOA BEJARANO
Grupo 1: Víctor Aguiar, David Guarderas, Alexandra Lara, Santiago Rivera, Carolina Robayo.
1. Contexto General: (22 de Enero de 2000 – 15 de Enero de 2003)
El Ecuador se encontraba viviendo momentos de aguda crisis y convulsión social tras el colapso y salvataje bancario, el mal manejo político y económico dominante en el gobierno de Jamil Mahuad que llevaron al país a la más grave crisis económica de la historia republicana. Como consecuencia, los movimientos sociales instalan en las diferentes provincias Parlamentos Populares entre el 10 y 11 de enero y un Parlamento Nacional en la cuidad de Quito. A partir del 15 de enero se inicia un levantamiento en todo el Ecuador encabezado principalmente por el movimiento indígena y oficiales de mandos medios del ejército. El levantamiento culmina el 21 de enero con la subida al poder del “Triunvirato de Salvación Nacional” (Vargas-Solórzano-Mendoza) que cedió el poder el 22 de enero al vicepresidente Dr. Gustavo Noboa Bejarano, quien fue ratificado posteriormente por el Congreso como presidente constitucional. Noboa continúa con la misma política económica del gobierno anterior. Ratifica el proceso de dolarización, continúa el salvataje bancario, mantiene la base de Manta Se implementan varias leyes cuyo objetivo central era la privatización de las empresas estatales y profundizar la flexibilización laboral y mejorar el clima de inversión. Existe una gran oposición social y partidista a su régimen por sus lineamientos de política económica. Se puede decir que cuatro temas fundamentales trazaron el eje de acción del gobierno de Noboa: 1) el Plan Colombia y la regionalización del conflicto, 2) la participación del Ecuador en el Área de Libre Comercio de las Américas, 3) la apertura al capital extranjero y 4) la profundización de los procesos de privatización y la flexibilización laboral. Su gestión se vio manchada por el escándalo de corrupción de su Ministro de Economía Carlos Julio Emmanuel. El 15 de enero es relevado por el Crnl. Lucio Gutiérrez Borbúa, nuevo presidente electo.[1]
2. Mercado laboral: A continuación se describirá la evolución y desarrollo, en el periodo que nos corresponde, de las tres variables más importantes correspondientes a la situación del mercado laboral ecuatoriano, el empleo, el subempleo y los salarios.

[2]



Salario unificado y componentes salariales en proceso de unificación (a)
Dólares[3]
Años
TABLA[4]
Mes
Remune-raciones unificadas
Décimo Tercero
Décimo Cuarto
Compo-nentes salariales
Total
Salario real (b)
2000
Diciembre
56.65
34.96
-
40.00
131.61
15.4
2001
Diciembre
85.65
83.23
-
32.00
200.88
19.1
2002
Diciembre
104.88
103.28
-
24.00
232.16
20.2
2003
Diciembre
121.91
120.50
-
16.00
25.84
21.2

En el gráfico 1(anterior), se puede ver la evolución del salario (nominal y real) desde el año 2000. En el salario nominal, se puede ver una progresión considerable del su nivel, que se multiplicó por 2,4 desde la crisis de finales de los noventa, pues pasó de algo más de 60 dólares a inicios del 2000, a casi 160 dólares en 2003 (Noboa realizó un alza de salarios al final de su período que entraría en vigencia en 2003). De todas maneras, debido a la fuerte incidencia de la inflación durante los años de dolarización, este aumento no incrementó sustancialmente la capacidad de consumo. De hecho, los aumentos salariales permitieron tan sólo recuperar el poder adquisitivo (salario real) luego de su fuerte caída durante la crisis (1999). Se observa que el salario real presenta varios picos, que corresponden a las diferentes elevaciones salariales decretadas durante el periodo que nos corresponde. El paso de un pico a una sima, corresponde a una pérdida del poder adquisitivo del salario. En este periodo analizado se produjeron deterioros pronunciados del salario real en lapsos relativamente cortos (caída entre julio y diciembre del 2000), reflejando los altos niveles de inflación de ese periodo. Pero posteriormente, al reducirse paulatinamente la inflación, las caídas del salario real han sido cada vez menos pronunciados y se han producido en periodos de tiempo más largos, mostrando una tendencia a que el salario real tendió a estabilizarse. Debe constatarse que en este periodo no ha habido una evolución favorable en la reducción del desempleo. Durante la primera mitad de la década del 90, el desempleo se mantuvo alrededor del 7,8%. Luego, entre 1996 y 1998, se incrementó hasta un promedio de 10%. En 1999, año de la crisis, se dispara hasta 14,4%, y desde entonces ha fluctuado nuevamente en torno al 10%. En otras palabras, en este periodo presidencial y con la implementación de la dolarización y medidas de “flexibilización” laboral, el país mantiene los mismos niveles de desempleo que antes de estallar la crisis. Y todo esto considerando que el país ha tenido en la emigración, un factor atenuante de algunos problemas socioeconómicos como la desocupación y subocupación (aunque crea otros). [5]
[6]
MESES
DESOCUPACIÓN
SUBOCUPACIÓN
TABLA[7]
2000
2001
2002
2003
2000
2001
2002
2003
Enero
16,8
10,8
8,4
8,2
46,5
56,7
41,1
32,1
Febrero
17,0
12,4
8,8
10,9
44,2
55,5
35,9
54,1
Marzo
16,1
12,1
8,9
10,5
48,8
53,3
32,7
50,0
Abril
15,7
11,5
8,7
10,7
41,8
50,9
32,1
49,7
Mayo
14,9
10,6
9,2
10,0
59,9
50,9
31,9
48,8
Junio
14,1
10,4
8,5
10,0
58,2
47,9
30,5
47,8
Julio
13,1
10,4
8,0
10,0
61,2
45,7
29,8
49,3
Agosto
13,1
10,5
9,0
9,6
57,8
43,4
28,4
48,8
Septiembre
13,2
10,5
9,2
10,1
54,6
41,9
30,9
47,5
Octubre
13,2
9,5
8,9
9,3
62,2
47,4
39,5
47,8
Noviembre
11,7
8,2
8,4
9,3
54,1
40,4
30,9
47,5
Diciembre
10,3
8,1
7,7
9,3
49,9
34,9
30,7
45,8

Se puede observar una relación casi simétrica entre el empleo y el subempleo con tasas de desempleo más o menos estables, en el periodo analizado. De esta manera se observa que el impacto mas importante sobre el mercado laboral se ha dado en un aspecto clave; la desestabilización de empleo y por ende de las remuneraciones y sueldos. El subempleo luego de la crisis se sitúa por encima del empleo durante todo el periodo que nos corresponde, tendiendo a una estabilización a los niveles históricos al comenzar el 2003.[8]
3. Reforma del Mercado Laboral: Bajo un sistema monetario dolarizado el mercado laboral debe gozar de suficiente flexibilidad como para garantizar un mayor nivel de empleo en la economía. Esta situación es particularmente importante cuando se trata de economías con esquemas monetarios rígidos como la dolarización oficial. En una economía que prescinde del tipo de cambio nominal como variable de ajuste, la única opción que las autoridades económicas tienen para amortiguar el efecto adverso de los choques externos es el manejo de políticas de gasto agregado restrictivas que tienen un efecto directo sobre la producción y el empleo. Estos efectos serán menores en la medida en que el mercado laboral sea más flexible.[9]
4. Política Laboral: Con la ratificación e implementación de la dolarización formal de la economía ecuatoriana, se implementaron varias reformas de “flexibilización” laboral, pues se consideraba indispensable una reforma en este campo que asegure el acceso a las fuentes de trabajo y la competitividad de las empresas nacionales; pero que fue resistida y criticada por diversos sectores sociales y círculos académicos como un retroceso en materia de derechos laborales tanto individuales como colectivos. A continuación resumiremos las principales reformas legales en materia laboral que se dieron en este gobierno, desde los dos pilares fundamentales de la política económica de Noboa, la “Ley para la transformación económica del Ecuador” y la “Ley para la promoción de la inversión y participación ciudadana”.
4.1 Ley Para La Transformación Económica Del Ecuador. “Trole 1”.
(Publicada en el Registro Oficial No 33 del lunes 13 de marzo de 2000-Capítulo XII de las reformas al Código del Trabajo.)
Esta ley además de implementar al dólar como moneda de curso legal, trató de promover la privatización y la “modernización del Estado”, y afectó a varios cuerpos legales siendo uno de ellos el Código de Trabajo. Entre las reformas se incorporó la contratación por horas, entendiéndose en la remuneración pactada por horas incluidos otros beneficios (13ª. -Bono navideño- y 14ª. -Bono Escolar- remuneraciones y descanso semanal), aplicándose tanto a las labores “continuas” como “discontinuas” y pactándose una jornada diaria de hasta ocho horas. Como derechos de estos trabajadores se establecieron, además de la remuneración, la obligatoria afiliación al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) y la participación proporcional en las utilidades de la empresa.[10] De acuerdo a esta reforma, la ley dicta que se pueden establecer contratos por horas libre y voluntariamente siendo las partes las que acuerden la remuneración salarial por hora trabajada.[11] Este tipo de contrato es válido para cualquier tipo de actividad y cualquiera de las partes podrá dar por concluido el contrato. La remuneración mínima establecida por hora de trabajo en el año 2000 fue de 0.50 USD y como se dijo, se daba por entendido que con ella quedaban cancelados todos los beneficios económicos legales que conforman la remuneración total. Los empleadores quedaron en la obligación de afiliar a sus trabajadores al seguro social y de realizar las aportaciones pertinentes de acuerdo a la ley. Con la aprobación de la ley TROLE 1 en el Ecuador se pueden establecer contratos laborales por tiempo fijo, por tiempo indefinido, de temporada, eventual, ocasional y por horas. En todo contrato de trabajo se debe estipular el pago por horas o días si las labores no son permanentes. Se estableció al Consejo Nacional de Remuneraciones del Sector Público (CONAREM), como organismo encargado de la determinación de las políticas y la fijación de las remuneraciones de los servidores públicos y obreros del sector público, sujetos a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y al Código del Trabajo, respectivamente. El CONADES (Consejo Nacional de Salarios) es quien establece anualmente el monto del salario básico unificado para el sector privado. Se prohibió indexar las remuneraciones de los trabajadores tomándose como base cualquier salario sectorial. Se materializó la unificación salarial eliminándose el pago del décimo sexto y décimo quinto sueldo (la Bonificación Complementaria y la Compensación por el Incremento del Costo de Vida), además se congeló el valor de estas remuneraciones junto a la prohibición de la creación de otros sueldos, pues estos valores ya están incluidos en la remuneración unificada (bajo el nombre de "remuneraciones sectoriales unificadas"). Los contratos pactados por horas quedaban excluidos del plazo mínimo de duración de un contrato de un año estipulado en el Código de Trabajo (art. 14). Para la real implementación de estas reformas, el Ejecutivo dictaría un “Reglamento para la contratación laboral por horas”[12], en el cual (como regulaciones más importantes), se establecía que ninguna empresa podría tener más de 40% de empleados contratados bajo la modalidad de contrato por hora en labores continuas y no se podría cambiar a esta modalidad por horas los contratos de trabajadores estables. De la misma manera, en las labores discontinuas, se permitía trabajar más de las ocho horas diarias siempre y cuando se respetaran los tiempos de descanso establecidos en el art. 51 del Código de Trabajo.
4.2 Ley Para La Promoción De La Inversión Y Participación Ciudadana.“Ley Trole 2”. (Publicada En El Registro Oficial No 144 Del 18 De Agosto De 2000-Título XXX De Las Reformas Al Código De Trabajo.)
Esta ley tocó temas de los sectores laboral, petrolero, minería, electricidad, aviación civil y tributación. El argumento bajo el cual el Gobierno del Dr. Gustavo Noboa presentó reformas al código del trabajo en su proyecto de ley, fue el siguiente: “Para conseguir nuevas fuentes de empleo es necesario flexibilizar y actualizar ciertas normas que pudieran impedir la apertura de nuevas oportunidades a los ecuatorianos. Este es el principio que alienta las reformas que se proponen en el marco del Código de Trabajo.”[13]Pero por sus características, esta ley fue rechazada por la colectividad y por diversos sectores político-sociales (como se verá más adelante). La Trole 2 (como la calificó la ciudadanía) tuvo como propósito profundizar en las reformas económicas y laborales ya implementadas con la ley Trole 1. El 18 de agosto del 2000 entra en vigencia como decreto-ley (por el ministerio de la ley) y contenía reformas de tipo laboral tales como: Cambiar el concepto de lo que se entendía como remuneración para las indemnizaciones. Fijó techos al reparto de utilidades. Trató de afectar los contratos colectivos (derogó el artículo del Código de Trabajo que permitía la celebración de Contrato Colectivo cuando exista una asociación de más de 30 trabajadores); regular huelgas, facilitar despidos. Además de introducir el concepto de trabajador “poli funcional”. Exoneración a los nuevos empleadores, de las garantías económicas que deberían otorgar a sus trabajadores (por un periodo de 6 meses al iniciar su vida empresarial). Se implementaron los contratos eventuales de trabajo, en perjuicio de la estabilidad que es principio fundamental en las relaciones laborales. Además, otras reformas como; los trabajadores que presten sus servicios en favor de contratistas o intermediarios, tendrán derecho a participar en las utilidades (art. 174). Contratos eventuales (Son contratos eventuales aquellos que se realizan para satisfacer exigencias circunstanciales del empleador). Contratos ocasionales y por temporadas.
La ley Trole 2 fue impugnada por la CONAIE con el apoyo de otros movimientos sociales (entre ellos: CEOSL, FUT) ante le Tribunal Constitucional. (De los 216 artículos de esta ley fueron vetados 34, la mayoría fundamentales). El TC mediante Resolución No. 193-2000-TP[14]; declaró la inconstitucionalidad de varios de los artículos. En materia laboral declaró inconstitucionales a los artículos 182, 183 y 186 de la Ley Trole II que en su conjunto establecían que los trabajadores no reciban indemnización, luego de la terminación de su relación contractual con una empresa, si perciben sueldos que sobrepasan los USD 1 000. El TC consideró que muchos de los cambios propuestos por la Trole II (art. 191, 192, 198, 202, 205, 211) violaban el derecho que tienen los trabajadores de organizarse y mantener su estabilidad. También el concepto de trabajador “poli funcional” (art. 168) que se trató de introducir en esta ley, sufrió la misma suerte.
El gobierno retrocedió, luego de los pedidos de sectores políticos y gremiales y de esta forma, se amplía la participación de los empleados en las utilidades de las empresas que llegan hasta US$ 6.000 anuales, superiores a los US$ 4.000 establecidos en esta ley. Las indemnizaciones por despido se incrementan, y se restituye el artículo que permite la celebración de contratos colectivos cuando el empleador tenga más de 30 trabajadores pertenecientes a una asociación. El Congreso con la Ley Modificatoria de la Ley para la Promoción de a Inversión y la Participación Ciudadana[15], reformó la mayoría de estos artículos declarados inconstitucionales o los derogó. Este hecho fue un grave golpe a la gestión de Noboa, que incluso amenazó con gobernar a través de decretos (en áreas como hidrocarburos).[16]
5. Política Social: A continuación se presenta una enumeración de las principales reformas legales y programas sociales que se llevaron a cabo durante el periodo en estudio. Los programas implementados por este gobierno incluyeron: Sector Educación. Programa de Colación Escolar, Programa de Almuerzo Escolar, "Programa de Apoyo a la Comunidad"(Beneficiando a Sectores Indígenas y Campesinos). Creación del FERUM (Fondo de Desarrollo Urbano Marginal). Sector Bienestar Social. Jubilados-IESS: Compensación costo de vida de los jubilados del IESS. Atención a la Niñez. Aporte para la atención integral a la niñez para su funcionamiento y la atención nutricional. Desarrollo de las Comunidades Indígenas. Sector Salud: Maternidad gratuita, vacunas e insumos médicos. Equipamiento hospitalario. Sector Vivienda: Sistema de incentivos para vivienda. Programa de nutrición infantil. Con ley trole 1 se creó el Fondo de Estabilización Petrolera, del cual se disponía que de haber ingresos extras por la venta de esta producto (precio sobre el presupuestado), del total de este remanente se creaba un fondo, del cual el 10% quedaría destinado para financiar directamente o como contraparte nacional los proyectos de desarrollo integral de las provincias de Esmeraldas, Loja, Carchi, El Oro y Galápagos (proyectos de desarrollo social). También se firmó un convenio con UNICEF para mejorar la difusión sobre la asignación de recursos para el gasto social y perfeccionar las políticas metodológicas y procedimientos de distribución y entrega de recursos para la acción social.[17] Programa de Bono Solidario: Se continuó con este programa, establecido en el gobierno de Jamil Mahuad Witt; se depuró y amplió la base de beneficiarios, se realizó un censo con este fin, y se trató de “localizar más efectivamente” esta transferencia. En el Registro Oficial del 3 de Octubre del 2001 se pone en marcha “La Matriz de Identificación Social y Focalización Del Bono Solidario” (en este gobierno el monto del bono cambia desde los 7 dólares hasta los 11,5 al terminar el periodo presidencial). Con la ley Trole 2, se modificó también la Ley de Creación del Fondo de Solidaridad (siendo este organismo el encargado del financiamiento de este programa social): “El objetivo central de la propuesta es permitir la participación ciudadana en los beneficios que genere la participación del sector privado en las empresas estatales.”[18] El Fondo de Solidaridad quedaba facultado para constituir fideicomisos mercantiles o encargos fiduciarios con acciones de su propiedad que no hubiesen sido transferidas al sector privado. Serían beneficiarios directos de los rendimientos económicos de estos, los grupos vulnerables, tales como niños y ancianos, como contribución a su salud y educación.
5.1 Leyes de carácter social en este período: La Ley Reformatoria del Anciano[19] (proyecto del Legislativo) realizó algunas reformas para ajustarse a la realidad económica dolarizada. Se amplió la cobertura de la ley del anciano a los ciudadanos extranjeros mayores de 65 años residentes legalizados. Exoneración de Impuestos a este grupo vulnerable. Las personas mayores de 65 años, son sujetos de la exoneración del 50% de las tarifas de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial, y de las entradas a los espectáculos públicos, culturales deportivos, artísticos y recreacionales. Para obtener tal rebaja, se presentará la cédula de ciudadanía o el carné de jubilado o pensionista del Seguro Social Ecuatoriano". La ley de maternidad gratuita, que fue aprobada por el Congreso y publicada en el Registro Oficial No. 523 del 9 de septiembre de 1994, fue reformada en la denominada Ley Trole II, asignándole un presupuesto de los rendimientos del Fondo de Solidaridad equivalentes a 15'100.000 dólares estadounidenses[20] Asimismo, debido a la aplicación de la Ley Reformatoria, se han aumentado las coberturas en todas las prestaciones, así en el año 2001 se beneficiaron 1.973.000 personas con 19 prestaciones y en el 2002 se incrementaron 500 mil más con prestaciones.[21] En 2000 se aprobó la Ley de Medicamentos Genéricos, que obliga a las instituciones públicas a emplear fármacos más baratos que sean intercambiables y equivalentes a los fármacos patentados.[22] La ley también reduce el margen de beneficios de las farmacias con respecto a los medicamentos patentados, al tiempo que las alienta a dispensar versiones genéricas. La Ley de la Juventud aprobado por el H. Congreso Nacional (Ley No. 2001-49) y publicada en Registro Oficial Nº 439 del miércoles 24 de octubre del 2001. Los puntos más sobresalientes están relacionados con la vigencia y garantía de deberes y derechos particulares para los jóvenes: la obligación del Estado en la definición de Políticas Publicas para la Juventud de manera participativa; la creación de organismos rectores locales y nacional de Políticas de Juventud y las reformas institucionales de la Dirección Nacional de la Juventud en su transformación hacia un Instituto.[23] Se dictó también la “Ley de Educación Superior”[24] que sujeta a las universidades y politécnicas al Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación. Además de ajustar los objetivos de estas instituciones a lo establece la Constitución Política (investigación y generación de conocimiento para el progreso nacional).
5.2 La Ley 2001-55 de Seguridad Social (Registro Oficial 465, del 30 de noviembre de 2001): Con esta ley, se amplió la protección a todos las personas que perciben ingresos regulares, con relación de dependencia o sin ella. Se hizo extensa la protección del Seguro de Salud a los hijos de hasta 6 años de edad y la (el) cónyuge o conviviente con derecho, en el caso de los afiliados (as) menores de 40 años. Se estableció el sistema mixto de pensiones para los actuales afiliados (menores de 40 años). Se capitaliza el Fondo de Reserva del Trabajador, en la cuenta de ahorro individual obligatorio del afiliado. Se garantizaba el derecho del afiliado a elegir el prestador de salud y el administrador de su ahorro individual obligatorio. Se elevó la edad de jubilación por vejez (de 55 años a 60 años) y se suprime la jubilación especial o reducida –por años de servicio-), con lo cual se redujo significativamente el DÉFICIT ACTUARIAL del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.
6. Movilizaciones Sociales: Los diferentes movimientos sociales tales como Organizaciones Indígenas (CONIE, FENOCIN); los movimientos de trabajadores como la CEOSL, FUT, CEDOC-CLAT; los movimientos de campesinos y otros (UNE, Asociaciones de Estudiantes); tuvieron durante este período presidencial una presencia activa y una postura, virtualmente unificada, en los siguientes puntos: Aumento de los salarios (en el sector privado y público, pero sobre todo la lucha de las organizaciones de trabajadores se centró en las remuneraciones de los maestros, médicos y trabajadores del IESS). Rechazo a las privatizaciones en el sector eléctrico e hidrocarburos. Aumento del Bono Solidario y la conservación de los subsidios energéticos. Rechazo a la ley Trole 1 (dolarización y flexibilización laboral) y Trole 2, a la que impugnaron ante el Tribunal Constitucional (y lograron que se la vete en varios artículos-ampliado en el punto 4.2). Oposición a la nueva Ley de Seguridad Social (el FUT impugnó ante el TC el Sistema Mixto de Pensiones). Propuesta de Consulta Popular (anular la dolarización, Base de Manta, entre otros). Este período presidencial tuvo como principales actores a los movimientos indígenas y campesinos, pero se vio un claro decaimiento de la influencia social y política de las organizaciones de trabajadores.[25]
6.1 Conflictividad social 2000[26]: Enero: Las movilizaciones populares principalmente protagonizadas por la CONAIE pero apoyadas por centrales sindicales como la Cedoc-Clat y el Movimiento de Solidaridad, han instalado un Parlamento Nacional permanente cuyas acciones giran en torno a la convocatoria a una Consulta Popular para tratar 2 temas fundamentales: 1) La clausura y desconocimiento del Congreso Nacional y 2) el modelo de Dolarización recientemente ratificado por el nuevo gobierno. Febrero: El ejecutivo redactó una propuesta que contemplaba no revisar las tarifas de los combustibles hasta el año 2001, el pago diferenciado de pasajes de transporte público para los niños y la tercera edad, impulsar la aprobación de la reforma a la Seguridad Social, no intervenir en el Plan Colombia. Se suspenden posteriormente las conversaciones indígenas con el Gobierno y el presidente declara un estado de emergencia nacional para salvaguardar el orden público. Marzo: La CONAIE firma acuerdos con el Gobierno en temas referentes a salud, educación, vivienda, legalización de tierras, entre otros, con lo que se atenúan las protestas. Abril: Se instala una Asamblea Nacional convocada por los movimientos sociales exigiendo la creación del Fondo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, además de la creación de líneas crédito para la reactivación productiva por parte del Banco Nacional de Fomento y el incremento del subsidio para la vivienda, fijado en 200 dólares. Mayo: La CONAIE y la CMS plantean enjuiciar a Mahuad, impulsar la consulta popular, oponerse a la dolarización, rechazar la carta de intención del FMI, exigir la amnistía total de los militares insurrectos y promover jornadas de levantamiento nacional. Julio: Los principales dirigentes de la Coordinadora de Movimientos Sociales (CMS) anunciaron que están en contra del proyecto de Ley Trole II argumentando que amenaza con despojar al país de su patrimonio (petróleo, electricidad, telefonía...)". Agosto: El Parlamento de los Pueblos del Ecuador, advirtió que si no se acepta su exigencia de desechar la ley Trole II y de Seguridad Social, habrá nuevas movilizaciones en el país. Se presentó una impugnación en el Tribunal Constitucional en contra de la ley Trole II.
6.2 Conflictividad social 2001: El 1 de mayo del 2001, en Quito, Cuenca y Guayaquil las marchas pacíficas fueron la tónica, en la conmemoración del Día del Trabajo se criticó al Gobierno, se rechazó el ALCA, el manejo de la Base de Manta por EE.UU. y en contra de las privatizaciones. El 24 de Julio del 2001, Antonio Vargas, líder de la CONAIE y Pedro de la Cruz de la FENOCIN anunciaron que se unirán con la Coordinadora de Movimientos Sociales, trabajadores de la salud, eléctricos, servidores públicos, para exigir al Gobierno rectificaciones en beneficio de la población menos favorecida, así como con la Unión Nacional de Educadores. Las protestas tienen como objetivo exigir al Gobierno el cumplimiento del acuerdo firmado con los indígenas; demandar del Congreso que se instale en un período extra para que levante el secreto bancario y se conozca quiénes son los deudores de Filanbanco y el Banco del Pacífico. Los maestros exigirán que se cumpla con la asignación del 30% del presupuesto estatal para la educación; la oposición al proyecto de la nueva Ley que, según la UNE, privatiza las escuelas fiscales; y la revaloración del sueldo del Magisterio a un básico de 100 dólares mensuales. En diciembre, las advertencias de la FENOCIN y de otros grupos sociales del país se suman a las amenazas de los sindicatos de llamar a una huelga nacional si el incremento salarial es insuficiente. Los trabajadores exigen al Ejecutivo del presidente Gustavo Noboa un incremento superior a los cien dólares mensuales, mientras que los empresarios proponen una subida de apenas cinco dólares.
6.3 Conflictividad social 2002 : Enero: Organizaciones sociales, gobiernos seccionales y el movimiento Pachakutik, entregaron al Gobierno una propuesta que contiene 10 recomendaciones para superar la crisis económica, política y social que atraviesa el Ecuador: emprender con una reforma tributaria justa y equitativa; reactivar la producción para el consumo interno y generar empleo; recuperación de los recursos entregados a los banqueros; no privatización de las empresas eléctricas, pero sí modernización; racionalización del manejo del sector petrolero; impugnación a la renegociación de la deuda externa; construcción de un nuevo pacto social; reforma democrática del régimen político y electoral; revisión integral de la política exterior ecuatoriana; y, construcción de una estrategia para salir ordenadamente de la dolarización. Febrero: La Asamblea Unitaria de los Pueblos del Ecuador, resolvió emprender jornadas de protestas en todo el país, con un paro general del pueblo los días 20 y 21 de febrero. Se inician las movilizaciones en todo el país, en apoyo a las marchas de la FEUE, programadas para el 24 de este mes de enero. Se exigía que el Gobierno derogue el incremento de los precios de los combustibles, desista de subir el precio del gas de uso doméstico y luche contra la corrupción. En octubre del 2002 las organizaciones latinoamericanas llegarán al país para realizar movilizaciones contra las propuestas para avanzar en la formación del ALCA.
7. Conclusiones: En el periodo analizado, en base a los datos estadísticos presentados (reducción del empleo, aumento del desempleo y subempleo), se observa un desmedro progresivo del bienestar laboral. Este deterioro puede verse así mismo, desde lo institucional y legal, de este modo, la flexibilización laboral (como la contratación por horas y los contratos eventuales), se constituyeron en una forma de precarización del trabajo. Significa además, una aceptación de las recomendaciones del FMI de corte neoliberal, pues éste, en su discurso, afirmó la necesidad de la flexibilidad laboral en un sistema monetario de tipo de cambio rígido como es nuestra economía dolarizada.
La flexibilización del mercado laboral, en este gobierno tuvo una implementación incompleta. Son cruciales para la pérdida de estabilidad laboral, el trabajo por horas y los contratos eventuales; pero debido a la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley trole 2, no se logró afianzar esta flexibilización (debilitamiento de los sindicatos y la organización laboral). En lo referente a los derechos de los trabajadores, se trató de violentar los principios básicos laborales, al introducir el principio de “poli funcionalidad”, que hubiera disparado los índices de subempleo y desempleo.
Las reformas laborales y el esquema monetario de la dolarización adoptados en este gobierno, al parecer, tuvieron un efecto estabilizador de los precios en toda la economía, incluido los salarios (precio del trabajo); sin embargo no han logrado estabilizar las variables reales de la economía. El desempleo se mantuvo en los niveles de la crisis de finales de los 90’s, y el subempleo supero al empleo en todo el período analizado, haciendo dudar de la efectividad de estas reformas para lograr un desarrollo real en lo económico y en lo social.
Los programas sociales llevados a cabo por este gobierno se limitaron, en general, a seguir la línea ya planteada por anteriores gobiernos (almuerzo y desayuno escolar, bono solidario). Se vio, en cambio, una mejora en las políticas hacia el campesinado y la población indígena, estando correlacionada esta situación con el creciente poder político e influencia social de las mismas en el escenario nacional.
8.Bibliografía: Breve Historia Económica del Ecuador; Acosta Alberto; Segunda edición actualizada; Corporación Editora Nacional; Quito 2005..// Análisis Situacional de la Juventud en el Ecuador 2004; Banco Mundial; Equipo Responsable: Chrystiam Cevallos Chávez (Coordinador),Alejandra –Marcia– Maluf; Jenny Sánchez,; http://www.bancomundial.org.ec/downloads/analisisjuventudecuador2004.pdf;. //Informe del Comité Ejecutivo Período 2000-2003; CEOSL, XV CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO, Quito 16 y 17 de mayo del 2003.//Análisis de Coyuntura Económica; Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales, ILDIS; http://www.ildis.org.ec/coyuntura2003.pdf ; Equipo de investigación: Susana López Olivares, David Villamar; Coordinador: Alberto Acosta; Ecuador 2003.//En el Palacio de Carondelet; Muños B. Eduardo; Salvat; 5ª edición, Quito 2002// La “flexibilidad”: el fracaso de la “política laboral” en Ecuador; Paz y Miño Cepeda Juan J.; “Semana de Economía” – Facultad de Economía PUCE – Quito, martes 22 noviembre 2005;THE.//Ecuador: su realidad; Vázquez S. Lola, Saltos G. Napoleón; Fundación de Investigación y Promoción Social “José Peralta”;décima tercera edición 2005.// Varios números del Diario “El Comercio”//Varios números del Registro Oficial.
[1] Ecuador: su realidad; Vázquez S. Lola, Saltos G. Napoleón; Fundación “José Peralta”;décima tercera edición 2005, p. 119-122.
[2] Gráfico 1: Fuente y Elaboración: Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos

[3] Salario: Remuneración que percibe una persona por los servicios que presta a través de un contrato de trabajo, como consecuencia de su aporte como uno de los factores de producción. Salario real: Capacidad de compra que tiene un salario, esto es teniendo en consideración la evolución de los precios.
[4] Fuente: Banco Central del Ecuador, BCE, Boletín Anuario (varios números) e Información Estadística Mensual (varios números).Elaboración: Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales, ILDIS. a) Vigente a partir del 13 de marzo de 2000.(b) En función del Índice de Precios al Consumidor del Área Urbana, IPCU de cada mes.
[5] Análisis de Coyuntura Económica; Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales, ILDIS ; http://www.ildis.org.ec/coyuntura2003.pdf ; Equipo de investigación:Susana López Olivares, David Villamar; Coordinador: Alberto Acosta; Ecuador 2003, p.47.

[6] Gráfico 2: Fuente: INEC-FLACSO. Elaboración: ILDIS
[7] Fuente: INEC y Banco Central del Ecuador. Cuadro Nro.4.1.6 Elaboración: Dirección Nacional de Estudios Nota: negrillas y cursivas propias pues el periodo de Noboa termina el 15 de enero del 2003.
[8] Análisis de Coyuntura Económica; Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales, ILDIS ; http://www.ildis.org.ec/coyuntura2003.pdf ; Equipo de investigación:Susana López Olivares, David Villamar; Coordinador: Alberto Acosta; Ecuador 2003, p.50.
[9] Breve Historia Económica del Ecuador; Acosta Alberto; Segunda edición actualizada; Corporación Editora Nacional; Quito 2005; p243-253.
[10]La “flexibilidad”: el fracaso de la “política laboral” en Ecuador; Juan J. Paz y Miño Cepeda; “Semana de Economía” – Facultad de Economía PUCE – Quito, martes 22 noviembre 2005, www.geocities.com/the ; Boletín nov/dic 2005.
[11] Ley Trole 1: Art. 84.- Refórmase el Título del artículo 17, por el siguiente:
"Contratos eventuales, ocasionales, de temporada y por horas".
[12] R.O. 305(s), 12 abril 2001.
[13] Texto de la ley y el Decreto 690, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Oficio N0 00 - 781 - DAJ.T.441
Quito, 13 de julio del 2000
[14] R.O. 234 (s). 29 de diciembre de 2000.
[15]R.O. 374. 23 de julio de 2001
[16] Diario Hoy Online; HECHOS 2000 - Diciembre.htm; http://www.hoy.com.ec/hoy.htm, “Incertidumbre Política”.
[17] Boletines De Prensa, 2000, 2001, 2002; Ministerio De Economia Y Finanzas;Coordinacion De Comunicacion Social; http://www.ec-gov.net/docs/boletin.htm#l1.
[18] R.O. 144. 18 de agosto de 2000. (Objetivos de la ley Trole)
[19] R.O 439. 24 de octubre de 2001.
[20] R.O. 144(s) .18 de agosto 2000.
[21] “La ley de maternidad gratuita”; http://www.elmercurio.com.ec/nacionales/EventCalender_v1.1.cgi?d=27&m=12&y=2002&n=14&v=1 ;2002.
[22] Ecuador, Ley de Producción, Importación, Comercialización y Expendio de Medicamentos Genéricos de Uso Humano, Registro Oficial, No. 59, 2000.
[23] Análisis Situacional de la Juventud en el Ecuador 2004; Banco Mundial; Equipo Responsable: Chrystiam Cevallos Chávez (Coordinador),Alejandra –Marcia– Maluf; Jenny Sánchez, p. 120; http://www.bancomundial.org.ec/downloads/analisisjuventudecuador2004.pdf.
[24] R.O 77. 15 mayo de 200
[25] Informe del Comité Ejecutivo Período 2000-2003; CEOSL, XV CONGRESO NACIONAL EXTRAORDINARIO, Quito 16 y 17 de mayo del 2003, p. 58.
[26] Este sumario de los movimientos sociales, en este periodo, es una síntesis de diversas noticias del “Diario el Comercio” y del Servicio Noticioso “Cronología Andina” online http://www.cajpe.org.pe/CRONOLOG/ECU1.HTM.